Calculadora · Derecho laboral
Calculadora de finiquito 2026
Calcula tu finiquito en segundos: salario pendiente, parte proporcional de pagas extra y vacaciones no disfrutadas. Conforme al art. 49 del Estatuto de los Trabajadores.
Datos de tu contrato
Cálculo orientativo. No incluye indemnización por despido (úsala en la calculadora de indemnización) ni retención de IRPF.
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Cómo se calcula el finiquito en España
El finiquito es el documento que liquida todas las cantidades pendientes al terminar la relación laboral. Sus tres componentes obligatorios son:
- Salario pendiente: días trabajados del mes en curso × salario diario.
- Parte proporcional de pagas extra: salario mensual × días desde la última paga ÷ 365.
- Vacaciones no disfrutadas: días no disfrutados × salario diario.
La fórmula proviene del art. 49 ET. Si te despiden, además debes recibir la indemnización correspondiente (que NO forma parte del finiquito).
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Qué se suma y qué no
Cómo se calcula el finiquito, concepto a concepto
El finiquito no es una indemnización: es lo que ya has ganado y todavía no has cobrado. Por eso te corresponde siempre, te vayas como te vayas —despido, baja voluntaria, fin de contrato o jubilación— y aunque el despido sea procedente. Confundirlo con la indemnización es el malentendido más común, y lleva a firmar cosas que no convenía firmar.
Los cuatro conceptos que casi siempre están
- Salario de los días trabajados del último mes y aún no abonados. Se calcula con el salario diario: bruto mensual entre 30.
- Parte proporcional de las pagas extraordinarias devengadas y no cobradas. Si van prorrateadas en la nómina ya las estás cobrando cada mes y no vuelven a sumarse aquí: comprobar esto evita tanto reclamar de más como cobrar de menos.
- Vacaciones devengadas y no disfrutadas, que se compensan en dinero al extinguirse el contrato. Es la única situación en que las vacaciones se pagan en vez de descansarse.
- Otros conceptos pendientes: comisiones cerradas, horas extraordinarias no abonadas, complementos, dietas, kilometraje.
Lo que se resta
Del bruto salen las retenciones de IRPF y la cotización a la Seguridad Social, igual que en cualquier nómina, y los anticipos que hubieras recibido. Y una partida que sorprende a mucha gente: si te vas voluntariamente sin respetar el preaviso de tu convenio, la empresa puede descontarte los días de preaviso incumplido.
Un ejemplo con números
Salario bruto de 1.800 € al mes en catorce pagas, baja voluntaria el 20 de septiembre, con 10 días de vacaciones sin disfrutar y las pagas extra no prorrateadas (la de verano cobrada en julio):
- Salario diario: 1.800 ÷ 30 = 60 €
- Días trabajados en septiembre: 20 × 60 = 1.200 €
- Vacaciones no disfrutadas: 10 × 60 = 600 €
- Prorrata de la paga de Navidad: devengada de julio a septiembre, 3 meses de 6 → 1.800 × (3 ÷ 6) = 900 €
- Total bruto: 2.700 €, del que se descontarán IRPF y Seguridad Social
Dos derechos del artículo 49.2 que conviene conocer antes de firmar
- La empresa debe acompañar una propuesta del documento de liquidación al comunicarte la denuncia o el preaviso de la extinción (art. 49.2 ET). No es un favor: es una obligación, y puedes exigirla antes de que llegue el día de la firma.
- Puedes pedir la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de firmar el recibo, y en el propio documento tiene que constar si firmaste con esa presencia o si no usaste la posibilidad. Si la empresa lo impide, puedes hacerlo constar en el mismo recibo (art. 49.2 ET). Ese apunte vale mucho después.
Qué NO calcula esta herramienta
- La indemnización. Va aparte y solo en algunos casos: 33 días por año en el despido improcedente, 20 en el objetivo, y doce días por año al terminar un contrato temporal por expiración del tiempo convenido —salvo en los formativos y en el contrato por sustitución, que no la generan— (art. 49.1.c) ET).
- Lo que diga tu convenio colectivo, que puede mejorar cualquiera de estos conceptos y no lo puede saber una calculadora general.
- El paro, que depende de tu cotización y del motivo del cese.
Y una advertencia práctica: firmar el finiquito no significa renunciar a reclamar. Si no estás conforme con el importe, firma añadiendo de tu puño «no conforme» antes de la firma: cobras lo que no se discute y conservas la vía para reclamar el resto.
Cálculo orientativo elaborado por nuestro equipo de trabajo a partir del texto consolidado publicado en el BOE. No sustituye al asesoramiento de un profesional que estudie tu caso concreto.
Preguntas frecuentes
Dudas sobre el finiquito
No. El finiquito y la indemnización son conceptos distintos. El finiquito liquida el salario pendiente, vacaciones y pagas proporcionales. La indemnización es un importe adicional que corresponde solo en ciertos tipos de despido (improcedente, objetivo). Usa la calculadora de indemnización por separado.
Puedes firmarlo con la coletilla "no conforme" o "sin perjuicio de reclamaciones". Esto te permite cobrar lo que te ofrecen sin renunciar a reclamar la diferencia ante el juzgado de lo social en los 20 días hábiles siguientes.
El Estatuto de los Trabajadores no fija un plazo exacto, pero la práctica habitual y la jurisprudencia señalan que debe pagarse el último día de trabajo o en los días inmediatamente posteriores. Si la empresa tarda más de 30 días, pueden generarse intereses de demora.
Si tus pagas ya van incluidas en la nómina mensual (prorrateadas), selecciona "0 pagas extra" en la calculadora. En ese caso la liquidación no añade importe adicional por este concepto, pues ya lo has cobrado mes a mes.
Tienes derecho a cobrar económicamente los días de vacaciones del año en curso que no hayas disfrutado, calculados a salario diario (salario anual ÷ 365). No pueden quitarte este importe aunque hayas firmado baja voluntaria.
Sí. Tienes 1 año para reclamar cantidades derivadas del contrato (art. 59 ET). Presenta papeleta de conciliación en el SMAC antes de demandar al juzgado de lo social. Es obligatorio intentar la conciliación previa.
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