Legia.es

Consulta gratuita

Cuéntanos tu caso,
te respondemos.

Describe tu problema legal y recibirás orientación preliminar con artículos reales del BOE en menos de 2 minutos.

Para enviarte la respuesta y poder contactar si necesitas un abogado.

Máximo 500 caracteres. Regístrate para escribir hasta 5.000.

Adjunta hasta 10 archivos (PDF, JPG, PNG, WEBP — máx. 20 MB cada uno). Se eliminan automáticamente a los 30 días. Arrastra carpetas, importa desde Drive/Dropbox, o escanea con la cámara.

Escanear documento
Páginas capturadas

Suelta tus documentos

Los procesamos con IA al instante

¿Quieres guardar tu consulta, subir documentos y hacer seguimiento?

Una consulta jurídica online es plenamente válida: el asesoramiento no exige presencia física y el abogado que la atiende queda sujeto al mismo secreto profesional que en su despacho, aunque después no se contrate nada (art. 542.3 de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial y art. 21 del Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 135/2021). Lo que la consulta online no puede hacer es sustituir la representación por procurador ni la defensa letrada cuando la ley las impone, y tampoco detiene los plazos, que siguen corriendo mientras se decide qué hacer.

En resumen

  • El secreto profesional cubre lo que se conoce «por razón de cualquiera de las modalidades» de la actuación profesional, lo que incluye la consulta previa aunque no se firme encargo: es deber y derecho del abogado (art. 542.3 LOPJ; art. 21 EGAE, RD 135/2021; art. 16 de la Ley Orgánica 5/2024 del Derecho de Defensa).
  • Los honorarios son libres desde la Ley 25/2009, que reformó la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales; los criterios colegiales solo caben a efectos de tasación de costas y jura de cuentas (art. 14 y disposición adicional cuarta).
  • Antes de actuar, el abogado debe identificarse e informar de honorarios y costes mediante hoja de encargo o medio equivalente (art. 48 EGAE).
  • Una consulta online trata datos personales: necesita base jurídica (art. 6 RGPD), información previa (art. 13 RGPD) y cautelas reforzadas si revela salud o condenas (arts. 9 y 10 RGPD).
  • Los plazos no se suspenden por consultar: 20 días hábiles para la demanda por despido (art. 103 de la Ley 36/2011) y un mes para el recurso de reposición administrativo contra acto expreso (art. 124 de la Ley 39/2015).

Validez del asesoramiento a distancia y secreto profesional

La ley española no exige que el asesoramiento jurídico se preste presencialmente. Lo que define la relación no es el canal, sino quién responde: un abogado en ejercicio, colegiado y con seguro de responsabilidad civil. Por eso una videollamada, un correo o un formulario tienen el mismo valor jurídico que una reunión en el despacho, y generan las mismas obligaciones profesionales.

El secreto alcanza a la consulta que no llega a contratarse

El art. 542.3 de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial establece que los abogados «deberán guardar secreto de todos los hechos o noticias de que conozcan por razón de cualquiera de las modalidades de su actuación profesional, no pudiendo ser obligados a declarar sobre los mismos». La norma no habla de contrato firmado ni de minuta pagada, sino de actuación profesional en cualquiera de sus modalidades: el asesoramiento previo es una de ellas.

El art. 21 del Estatuto General de la Abogacía Española (Real Decreto 135/2021) recoge el mismo deber y añade un matiz decisivo: la confianza y confidencialidad en la relación con el cliente imponen al abogado «el deber y el derecho» de guardar secreto. Es también un derecho porque le permite oponerse a revelar lo que conoce. Y desde 2024 la Ley Orgánica 5/2024, del Derecho de Defensa, refuerza el marco: su art. 16 declara confidenciales todas las comunicaciones entre el profesional de la abogacía y su cliente, solo intervenibles en los casos expresamente previstos por la ley, y ampara la inviolabilidad de los documentos vinculados al deber de defensa. Puedes ver el detalle en nuestra guía sobre el secreto profesional del abogado.

En la práctica esto significa tres cosas: quien atiende la consulta no puede difundir lo que se le cuenta, no puede utilizarlo en beneficio propio o de otro cliente, y no puede aceptar después un asunto de la parte contraria sobre los mismos hechos.

El secreto no es impunidad

El secreto protege la confidencia del cliente, no una conducta futura. La información recibida solo puede usarse para el asesoramiento solicitado, y el deber no se extingue cuando termina el encargo: persiste después, indefinidamente. Tampoco desaparece porque la consulta se hiciera por escrito, por chat o por correo electrónico.

Hoja de encargo, información previa y honorarios

El art. 48 del EGAE, bajo el epígrafe «Deberes de información e identificación», obliga al abogado a facilitar al cliente, antes de iniciar su actuación, su nombre, número de identificación fiscal, colegio al que pertenece y número de colegiado, domicilio profesional y un medio de contacto. Y le impone informar sobre los honorarios y costes de su actuación «mediante la presentación de la hoja de encargo o medio equivalente». La hoja de encargo delimita qué se hace, qué no se hace y qué cuesta; es el documento que evita la mayor parte de los conflictos posteriores.

Cuánto cobra un abogado: libertad de honorarios

Desde la Ley 25/2009, de 22 de diciembre (la llamada «Ley Ómnibus»), que modificó la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales, el art. 14 de esa ley dispone que los colegios y sus organizaciones colegiales «no podrán establecer baremos orientativos ni cualquier otra orientación, recomendación, directriz, norma o regla sobre honorarios profesionales». Los precios son libres y se pactan entre abogado y cliente. La única excepción está en la disposición adicional cuarta, que permite elaborar criterios orientativos «a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los abogados» —criterios igualmente válidos para el cálculo de honorarios a efectos de tasación de costas en asistencia jurídica gratuita—, es decir, para que el letrado de la Administración de Justicia valore lo que la parte condenada debe reembolsar o lo que el abogado reclama a su propio cliente. Esos criterios no son una tarifa aplicable a una consulta particular.

Consecuencia práctica: cuando se busca precio de una consulta online, la referencia útil no es ningún baremo colegial, sino el presupuesto escrito. Conviene preguntar si el importe cubre solo la consulta, si se descuenta de un encargo posterior, si incluye IVA y si comprende revisión de documentación. Ampliamos el criterio en la guía sobre cómo se calculan los honorarios de un abogado.

Protección de datos en una consulta jurídica online

Enviar el relato de un problema legal es tratar datos personales, a veces de terceros. El Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) exige, como mínimo:

  • Base jurídica (art. 6 RGPD): normalmente la ejecución de un contrato o la aplicación de medidas precontractuales a petición del interesado (art. 6.1.b), que es exactamente el supuesto de una consulta previa.
  • Deber de información (art. 13 RGPD): identidad del responsable, finalidad, base jurídica, plazos de conservación, destinatarios, existencia de decisiones automatizadas y derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición, facilitados en el momento de recabar los datos.
  • Categorías especiales (art. 9 RGPD): si la consulta revela datos de salud, orientación sexual, convicciones o afiliación sindical, el tratamiento está prohibido salvo excepción; en el ámbito jurídico opera habitualmente el art. 9.2.f) (formulación, ejercicio o defensa de reclamaciones).
  • Condenas e infracciones penales (art. 10 RGPD): solo pueden tratarse bajo el control de la autoridad pública o cuando lo autorice el Derecho de la Unión o de los Estados miembros con garantías adecuadas.
  • Decisiones automatizadas (art. 22 RGPD): el interesado tiene derecho a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado que produzca efectos jurídicos o le afecte significativamente de modo similar. Un sistema que clasifique o descarte casos sin revisión humana entra de lleno en este artículo.

De ahí una regla sencilla para el usuario: en el primer contacto conviene describir el problema sin adjuntar más documentación de la imprescindible, y reservar historiales médicos, antecedentes o datos de terceros para cuando exista ya una relación profesional identificada y una política de privacidad clara.

Justicia gratuita: la alternativa cuando no hay recursos

La Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita reconoce el derecho a abogado y procurador de oficio sin coste a quienes carezcan de patrimonio suficiente y no superen determinados umbrales de ingresos brutos anuales, computados por todos los conceptos y por unidad familiar. Según el art. 3, esos umbrales se expresan en múltiplos del IPREM vigente al solicitar: dos veces el IPREM para personas no integradas en ninguna unidad familiar; dos veces y media para quienes se integran en una unidad familiar de menos de cuatro miembros; y el triple para unidades familiares de cuatro o más miembros o con condición reconocida de familia numerosa. El art. 5 permite además un reconocimiento excepcional, motivado, a quienes superen esos límites sin exceder del quíntuplo del IPREM, atendiendo a circunstancias de familia, de salud o de discapacidad. Detallamos el trámite en la guía de requisitos de la justicia gratuita.

La solicitud se insta ante el Colegio de Abogados del lugar en que se halle el juzgado o tribunal que haya de conocer del proceso principal, o ante el juzgado del domicilio del solicitante, que dará traslado al colegio competente (art. 12.2). Conviene entender bien su efecto: el art. 16.1 dice expresamente que la solicitud no suspende el curso del proceso o expediente administrativo, aunque el órgano judicial o administrativo puede decretar la suspensión para evitar la preclusión de un trámite o la indefensión. Y cuando se presenta antes de iniciar el proceso y la acción pueda resultar perjudicada por el transcurso de los plazos, la prescripción queda interrumpida y la caducidad suspendida hasta la designación provisional de abogado —y, de ser preceptivo, procurador— o hasta la resolución definitiva en vía administrativa, reanudándose el cómputo, en todo caso, a los dos meses desde la presentación de la solicitud (art. 16.2). Una consulta online no sustituye ese trámite, pero sí ayuda a saber si procede pedirlo y con qué urgencia.

Lo que una consulta online no puede sustituir

Hay dos límites estructurales. El primero es la postulación: el art. 23 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil exige que la comparecencia en juicio sea por medio de procurador habilitado, y el art. 31 impone que los litigantes sean dirigidos por abogado, sin que pueda proveerse solicitud alguna que no lleve su firma. Ambos preceptos exceptúan, entre otros supuestos, los juicios verbales determinados por razón de la cuantía cuando esta no excede de 2.000 euros y la petición inicial del procedimiento monitorio. El segundo límite es el plazo: ningún asesoramiento, presencial u online, lo detiene por sí mismo.

TrámitePlazo¿Basta consulta online?
Demanda por despido (art. 103 Ley 36/2011)20 días hábiles siguientes al despido, de caducidad a todos los efectos, sin computar sábados, domingos ni festivos en la sede del órgano jurisdiccionalConsulta sí; en la jurisdicción social cabe comparecer por sí mismo, pero la asistencia letrada es muy recomendable
Recurso de reposición administrativo (art. 124 Ley 39/2015)1 mes si el acto es expreso; si no es expreso, en cualquier momento desde que se produzca el acto presuntoSí: no exige abogado ni procurador
Recurso contencioso-administrativo (art. 46 Ley 29/1998)2 meses desde el día siguiente a la notificación del acto expreso que pone fin a la vía administrativa (6 meses si es presunto)No: exige abogado y, ante órganos colegiados, también procurador
Juicio ordinario civil (arts. 23 y 31 LEC)Según la acción ejercitadaNo: abogado y procurador preceptivos
Juicio verbal por cuantía no superior a 2.000 € (arts. 23.2.1.ª y 31.2.1.ª LEC)Según la acción ejercitadaSí: cabe comparecer sin abogado ni procurador
Petición inicial de monitorio (arts. 23.2.1.ª y 31.2.1.ª LEC)Sin plazo propio; sujeto a la prescripción de la deudaSí: la petición inicial no requiere abogado ni procurador

Los dos plazos más consultados tienen guía propia: el plazo de 20 días hábiles para la demanda por despido y el recurso de reposición administrativo.

Ejemplo práctico

Una persona recibe una carta de despido un lunes. Ese mismo día escribe a un despacho online contando los hechos y adjuntando la carta. El abogado que lee el mensaje ya queda vinculado por el secreto profesional, aunque la consulta se quede ahí y no se pague nada. Antes de asumir el asunto, le remite hoja de encargo con el alcance del trabajo y el precio, y le informa de quién trata sus datos y para qué.

El punto crítico es el calendario. La consulta no congela nada: el plazo de caducidad de 20 días hábiles corre desde el día siguiente al despido y no cuenta sábados, domingos ni festivos. Lo que sí produce efecto sobre el cómputo es la papeleta de conciliación, que interrumpe la prescripción y suspende la caducidad (art. 65.1 de la Ley 36/2011). Si además esa persona carece de recursos, puede solicitar justicia gratuita ante su Colegio de Abogados, sabiendo que la solicitud no suspende por sí sola el proceso ya iniciado (art. 16.1 de la Ley 1/1996). Conclusión: la consulta online sirvió para decidir bien y rápido, no para ganar tiempo.

Preguntas frecuentes

¿Es válida una consulta jurídica online?

Sí. La normativa no exige presencia física para asesorar. La validez depende de que quien responde sea abogado en ejercicio y colegiado, no del canal empleado. Lo que cambia respecto de una visita presencial es la firma de documentos y la identificación, que requieren medios adicionales (firma electrónica, apoderamiento apud acta electrónico).

¿Un abogado online tiene secreto profesional?

Sí, exactamente el mismo. El art. 542.3 LOPJ y el art. 21 del EGAE (RD 135/2021) no distinguen por canal: el deber se activa «por razón de cualquiera de las modalidades» de la actuación profesional, alcanza a la consulta previa y persiste aunque no se llegue a contratar ni a pagar nada. El art. 16 de la Ley Orgánica 5/2024 declara además confidenciales las comunicaciones entre abogado y cliente.

¿Cuánto cobra un abogado por una consulta?

No existe tarifa oficial. Desde la Ley 25/2009, que reformó la Ley 2/1974, los honorarios son libres y los criterios colegiales solo caben a efectos de tasación de costas y jura de cuentas. El coste debe informarse mediante hoja de encargo o medio equivalente conforme al art. 48 EGAE, y si no hay recursos suficientes cabe acudir a la justicia gratuita de la Ley 1/1996.

¿Puedo enviar informes médicos o antecedentes penales en una consulta online?

Puede hacerse, pero son categorías especiales (art. 9 RGPD) y datos relativos a condenas e infracciones penales (art. 10 RGPD). Conviene enviarlos solo cuando sean necesarios para el asunto, con una política de privacidad identificable y un responsable del tratamiento claro, y nunca por canales no cifrados.

Si consulto por internet, ¿se me para el plazo?

No. Los plazos de caducidad y prescripción corren igual: 20 días hábiles para impugnar un despido (art. 103 Ley 36/2011) o un mes para reponer un acto administrativo expreso (art. 124 Ley 39/2015). Solo producen ese efecto los actos previstos expresamente en la ley: por ejemplo, la solicitud de conciliación o mediación en el orden social interrumpe la prescripción y suspende la caducidad (art. 65.1 Ley 36/2011), y la solicitud de justicia gratuita presentada antes de iniciar el proceso interrumpe la prescripción y suspende la caducidad en los términos del art. 16.2 de la Ley 1/1996.

Guías relacionadas

Fuentes oficiales

Información orientativa; no sustituye el asesoramiento de un abogado. Verifica tu caso concreto. Si lo necesitas, puedes consultar tu caso.

¿Tienes una duda legal?

Plantea tu caso. Te respondemos en menos de 2 minutos, con los artículos del BOE en la mano.

Orientación preliminar gratuita. Sin compromiso. Si tu caso necesita un abogado colegiado, te lo decimos antes de seguir.