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Mi inquilino no paga el alquiler: desahucio y reclamación de rentas

El desahucio por impago está regulado en el art. 250.1.1 de la <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-323" target="_blank" rel="noopener">Ley de Enjuiciamiento Civil</a>. Proceso acumulado: desahucio + reclamación de rentas en el mismo procedimiento. Duración típica: 3-6 meses.

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Proceso en 4 pasos

  1. Burofax requiriendo el pago y anunciando acciones.
  2. Demanda verbal de desahucio acumulando rentas impagadas.
  3. Requerimiento del juzgado: 10 días para pagar o enervar (solo si es la primera vez).
  4. Lanzamiento si no paga ni se opone.

Honorarios y costes

Abogado y procurador: 800-2.000 €. Recuperables como costas si ganas y la parte contraria es solvente.

¿Qué dice la ley?

Según el Código de Procedimiento Civil, el proceso de desahucio se inicia con la notificación al inquilino de la falta de pago de la renta. De acuerdo con el artículo 70 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el propietario puede enviar un Burofax al inquilino requiriendo el pago de la renta adeudada y anunciando las acciones que se van a tomar en caso de que no se pague. Si el inquilino no paga, el propietario puede presentar una demanda verbal de desahucio, acumulando las rentas impagadas. El juzgado puede requerir al inquilino un plazo de 10 días para pagar la renta o para presentar una oposición. Si el inquilino no paga ni se opone, el proceso de desahucio se puede lanzar. De acuerdo con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, los honorarios y costes del abogado y procurador pueden ser recuperados como costas si el propietario gana el proceso y la parte contraria es solvente.

Pasos prácticos

  1. Paso 1: Notificación al inquilino (1-2 días): Envía un Burofax al inquilino requiriendo el pago de la renta adeudada y anunciando las acciones que se van a tomar en caso de que no se pague.
  2. Paso 2: Presentación de la demanda verbal de desahucio (2-3 días): Presenta una demanda verbal de desahucio, acumulando las rentas impagadas.
  3. Paso 3: Requerimiento del juzgado (5-10 días): El juzgado requiere al inquilino un plazo de 10 días para pagar la renta o para presentar una oposición.
  4. Paso 4: Lanzamiento del proceso de desahucio (10-15 días): Si el inquilino no paga ni se opone, el proceso de desahucio se puede lanzar.
  5. Paso 5: Recuperación de honorarios y costes (después de ganar el proceso): Los honorarios y costes del abogado y procurador pueden ser recuperados como costas si el propietario gana el proceso y la parte contraria es solvente.

Preguntas frecuentes

Pregunta 1

¿Cuál es el plazo para pagar la renta después de recibir el Burofax?

Según el artículo 70 de la LAU, el inquilino tiene un plazo de 10 días para pagar la renta después de recibir el Burofax.

Pregunta 2

¿Qué pasa si el inquilino no paga ni se opone?

Si el inquilino no paga ni se opone, el proceso de desahucio se puede lanzar.

Pregunta 3

¿Cómo se recuperan los honorarios y costes del abogado y procurador?

Los honorarios y costes del abogado y procurador pueden ser recuperados como costas si el propietario gana el proceso y la parte contraria es solvente.

Pregunta 4

¿Cuál es el costo aproximado de los honorarios y costes del abogado y procurador?

El costo aproximado de los honorarios y costes del abogado y procurador puede ser de 800-2.000 €.

Pregunta 5

¿Qué pasa si el inquilino se opone al proceso de desahucio?

Si el inquilino se opone al proceso de desahucio, el proceso se puede demorar y el propietario puede tener que presentar más documentación y argumentos para apoyar su caso.

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Última actualización: 11 de August de 2026

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Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Puede el inquilino pagar y parar el desahucio?
Sí, mediante enervación (pago íntegro antes del juicio), solo una vez en la vida del contrato.
¿Cubre un seguro de impago?
Los seguros especializados cubren rentas y honorarios jurídicos. Muy recomendables.

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